PROFECO: Cómo denunciar a los despachos de cobranza que incumplen con la ley

PROFECO: Cómo denunciar a los despachos de cobranza que incumplen con la ley
Los Despachos de Cobranza no pueden realizar acciones violentas para recuperar crédito o deudas

Los despachos de cobranza, empresas contratadas por instituciones financieras para recuperar deudas, tienen ciertas reglas que deben seguir en el ejercicio de sus actividades. Estas reglas están establecidas en la Ley Federal de Protección al Consumidor y en el Reglamento de la misma ley, y se han reforzado con las nuevas disposiciones emitidas por la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO).

Sin embargo, no todos los despachos de cobranza respetan las reglas, y algunos recurren a prácticas abusivas y prohibidas por la ley, como la intimidación, el acoso y la violación de la privacidad de los consumidores.

Si te encuentras en esta situación, es importante que sepas que tienes derechos y que puedes denunciar las prácticas ilegales de los despachos de cobranza ante la PROFECO. En este artículo te explicamos cómo denunciar a estos despachos y qué medidas puedes tomar para proteger tus derechos.

¿Qué prácticas tienen prohibidas los despachos de cobranza?

Antes de denunciar a un despacho de cobranza, es importante que conozcas las prácticas que tienen prohibidas por la ley. Estas prácticas están establecidas en el artículo 56 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor y en el Reglamento de la misma ley, y se han reforzado con las nuevas disposiciones emitidas por la PROFECO.

Entre las prácticas prohibidas se encuentran las siguientes:

  1. Dirigirse a personas distintas al cliente, obligado solidario o aval, particularmente con menores de edad, personas con discapacidad y adultos mayores, a menos que este último se trate del cliente.
  2. Establecer contacto en un domicilio, teléfono o correo electrónico distinto al proporcionado por la entidad comercial o el propio cliente, obligado solidario o aval.
  3. Enviar comunicaciones a terceros con excepción de deudores solidarios o avales en las que se dará a conocer el incumplimiento de pago.
  4. Realizar visitas o llamadas telefónicas al domicilio del consumidor entre las 22:01 y las 06:59 horas, de acuerdo a los husos horarios en que se encuentre el deudor.
  5. Hacer uso de lenguaje ofensivo, obsceno o de palabras altisonantes, acosar, amedrentar, intimidar o amenazar al establecer comunicación con el cliente, sus avales, deudores solidarios, familiares, amigos o compañeros de trabajo.
  6. Utilizar cartelones, anuncios o cualquier medio impreso que estén a la vista del público, o en el exterior del domicilio o empleo del deudor, en los que se haga referencia al adeudo del cliente.
  7. Usar documentos que aparenten ser escritos judiciales, ostentarse como representantes de un juzgado, tribunal u otra autoridad o bien utilizar formatos de papelería que simulen demandas.
  8. Enviar correspondencia al cliente con leyendas exteriores, o a la vista, que mencionen que el comunicado se trata de una cobranza.
  9. Emplear medios masivos de comunicación o difusión con el propósito de hacer pública la deuda del cliente.

Los Despachos de Cobranza debe actuar apegados a la Ley

Además de los puntos prohibidos mencionados anteriormente, los despachos de cobranza también deben cumplir con ciertas normas y regulaciones establecidas por la PROFECO. Por ejemplo, deben informar al deudor el monto total de la deuda, la tasa de interés que se está aplicando, el plazo en el que se debe realizar el pago y la identidad del acreedor.

Asimismo, el deudor tiene derecho a solicitar una aclaración sobre el adeudo y el despacho de cobranza está obligado a proporcionarla. Si el deudor considera que la deuda no le corresponde o que el monto es incorrecto, puede solicitar que se realice una investigación y se corrija la información.

Es importante destacar que los despachos de cobranza no pueden hacer uso de la violencia física o psicológica para obtener el pago de la deuda. Tampoco pueden realizar amenazas o intimidaciones que atenten contra la integridad del deudor o de su familia. En caso de que se presenten estas situaciones, el deudor tiene derecho a denunciar ante las autoridades correspondientes.

Además de la PROFECO, existen otras instituciones encargadas de proteger los derechos de los consumidores en México. Por ejemplo, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) y la Secretaría de Economía (SE). Estas instituciones cuentan con mecanismos de denuncia y atención al consumidor, por lo que es importante conocerlas y utilizarlas en caso de ser necesario.