Los prestamistas no pueden discriminar a los solicitantes por su estatus migratorio, advierten los federales

Los bancos y las compañías hipotecarias están recordando que no pueden discriminar a los solicitantes de préstamos por motivos de raza, origen nacional o estatus migratorio.

La Oficina de Protección Financiera del Consumidor (CFPB, por sus siglas en inglés) y el Departamento de Justicia han emitido hoy un comunicado conjunto en el que señalan que los consumidores han denunciado haber sido rechazados para tarjetas de crédito, así como para préstamos de automóvil, estudiantiles, personales y de equipamiento, debido a su estatus migratorio, incluso cuando tienen un historial crediticio sólido y vínculos con los Estados Unidos y, por lo demás, están cualificados para recibir los préstamos.

Aunque la Ley de Igualdad de Oportunidades de Crédito permite a un acreedor tener en cuenta la condición de inmigrante de un solicitante cuando sea necesario para determinar los derechos del acreedor en relación con el reembolso, los acreedores deben ser conscientes de que la dependencia innecesaria o excesiva de la condición de inmigrante, incluso cuando esa dependencia se basa en prejuicios, puede ir en contra de la ley.

“El acceso justo al crédito es de crucial importancia para la creación de riqueza y el fortalecimiento de la estabilidad financiera de los hogares”, dijo el director de la CFPB, Rohit Chopra. “La CFPB no permitirá que las empresas utilicen el estatus migratorio como excusa para la discriminación ilegal”.

“Los prestamistas no deben negar a las personas la oportunidad de obtener un préstamo para comprar una casa, construir sus negocios o de otra manera perseguir sus metas financieras debido a prejuicios ilegales y sin tener en cuenta su capacidad real de pago”, dijo la Fiscal General Adjunta Kristen Clarke de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia. “Esta orientación recuerda a los prestamistas que negar a alguien el acceso al crédito basándose únicamente en su condición de inmigrante real o percibida puede violar la ley federal”.

Las políticas generales no sirven

Algunas instituciones financieras han mantenido políticas generales de denegación de crédito a las personas sobre la base de su estatus migratorio, independientemente de sus circunstancias personales y la capacidad demostrada para pagar, con el argumento de que la Ley de Igualdad de Oportunidades de Crédito, y la regulación que la implementa, los protegen cada vez que consideran el estatus migratorio en la toma de una decisión de crédito, dijeron las agencias.

Otros han afirmado incorrectamente que la Ley protege a los prestamistas de la responsabilidad en virtud de otras leyes federales y estatales de derechos civiles que prohíben la discriminación por la condición de inmigrante o no ciudadano.
La declaración conjunta explica que, si bien la Ley de Igualdad de Oportunidades de Crédito permite a los prestamistas tener en cuenta la condición de inmigrante cuando sea necesario para determinar los derechos del prestamista en relación con el reembolso, la utilización innecesaria o excesiva de la condición de inmigrante puede violar la prohibición de la Ley de discriminar por motivos de origen nacional, raza u otros motivos prohibidos.

Lea la declaración conjunta de hoy.