Cumpliendo con el T-MEC: México prohíbe importar productos elaborados con trabajo forzoso

Cumpliendo con el T-MEC: México prohíbe importar productos elaborados con trabajo forzoso
México prohíbe importar productos elaborados con trabajo forzoso 

México ha dado un paso importante en la lucha contra el trabajo forzoso al implementar un acuerdo que prohíbe la importación de mercancías producidas bajo esta modalidad. Esta acción se lleva a cabo en cumplimiento del artículo 23.6 del Capítulo Laboral del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

A partir de ahora, el país establece un mecanismo novedoso para investigar y restringir la entrada de productos elaborados con mano de obra forzada, incluyendo el trabajo infantil.

Entrada en vigor del Acuerdo para prohibir la importación de mercancías con trabajo forzoso

Desde el pasado jueves 18 de mayo, ha entrado en vigor el Acuerdo que prohíbe la importación de mercancías producidas con trabajo forzoso u obligatorio. Esta medida se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero pasado, marcando un hito en la lucha contra la explotación laboral.

Con esta acción, México demuestra su compromiso en la erradicación de prácticas inhumanas y la promoción de un comercio justo.

Mecanismo de investigación y restricción de mercancías

La implementación de este acuerdo implica la puesta en marcha de un mecanismo de investigación por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), en colaboración con la Secretaría de Economía (SE).

Mediante el intercambio de información con autoridades mexicanas y extranjeras, se llevarán a cabo investigaciones sobre las mercancías importadas a México, en busca de indicios de trabajo forzoso en su producción. Si se confirma esta situación, el Gobierno mexicano podrá prohibir la entrada de dichos productos al territorio nacional.

Iniciativa ciudadana y plazo de investigación

Las investigaciones pueden iniciarse a solicitud de personas físicas o morales legalmente constituidas en México. Asimismo, la STPS puede iniciar investigaciones de manera oficiosa cuando existan elementos de prueba suficientes.

La autoridad tiene un plazo de 180 días para llevar a cabo la investigación, tomando en consideración los indicadores de trabajo forzoso establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Cumplimiento del T-MEC y protección de los derechos laborales

Con la implementación de este acuerdo, México da cumplimiento al artículo 23.6 del Capítulo Laboral del T-MEC, el cual obliga a los países miembros a establecer mecanismos para prohibir la importación de mercancías producidas con trabajo forzoso.

El T-MEC, como un tratado comercial moderno y progresista, tiene un enfoque integral, al incluir la prohibición del trabajo infantil forzoso u obligatorio. Esta medida protege a los niños y niñas de ser explotados laboralmente, asegurando que puedan disfrutar plenamente de sus derechos a la educación, la salud y el desarrollo integral.

Además de las implicaciones éticas y sociales, la prohibición de importación de productos elaborados con trabajo forzoso también tiene repercusiones económicas. Al promover prácticas laborales justas, se fomenta una mayor responsabilidad social corporativa y se evitan posibles sanciones o restricciones comerciales por parte de otros países que valoren y exijan el cumplimiento de los estándares laborales.